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El Indecopi elimina el pago por registro de marcas colectivas para alentar la reactivación económica de diversas organizaciones de productores, emprendedores y prestadores de servicios

El Indecopi elimina el pago por registro de marcas colectivas para alentar la reactivación económica de diversas organizaciones de productores, emprendedores y prestadores de servicios


11 dic 2020


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  • La medida fue aprobada por resolución de la Presidencia del Consejo Directivo.
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  • Experiencia similar se trabajó con éxito entre los años 2017 y 2019 como consecuencia de los fenómenos climatológicos que afectaron importantes zonas geográficas del país.

 

Para impulsar la reactivación económica y la competitividad entre los pequeños productores y emprendedores del país, afectados por la emergencia sanitaria generada por el covid-19, el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aprobó la eliminación del pago de tasa para el registro de marcas colectivas.

 

Así lo establece la Resolución 000127-2020-PRE/INDECOPI, aprobada el 09 de diciembre de 2020, y, a través de la cual, la Dirección de Signos Distintivos (DSD) del Indecopi queda facultada para que las solicitudes de registro de marcas colectivas se presenten de forma gratuita.

 

Gracias a esta resolución, las diversas organizaciones de empresarios y empresarias no pagarán la tasa por registro de marca equivalente al 12.44% de una UIT (unidad impositiva tributaria), equivalente a S/ 534.99 establecido en el TUPA de la institución. Asimismo, estas organizaciones son beneficiadas con la eliminación del costo por publicación en la Gaceta Electrónica y los servicios gratuitos de orientación y búsqueda de antecedentes.

 

Todos estos beneficios representan un ahorro de S/ 1 800 (mil ochocientos soles) por cada marca registrada; y el conjunto de marcas registradas hasta ahora, le han generado un beneficio o ahorro de S/ 8,7 millones a los beneficiarios.

 

Entre los beneficiarios por el registro de marcas colectivas del Indecopi se encuentran agrupaciones de productores, comerciantes y/o prestadores de servicios, conformadas, en general, por comunidades campesinas e indígenas, asociaciones de empresarios y empresarias, cooperativas, micro y pequeñas empresas; dedicadas a los sectores económicos agrario, pecuario, pesquero, acuícola, manufacturero, artesano, textil, industrias creativas y turístico; sumando en los esfuerzos del gobierno de reactivar la economía y fomentar la competitividad de los empresarios y/o emprendedores de nuestro país.

 

Cabe recordar que, entre los años 2017 y 2018, se aprobó la exoneración del pago de la tasa por derecho de tramitación para solicitudes de marcas colectivas, medida que estuvo vigente hasta el 05 de setiembre de 2019. Sin embargo, esta exoneración fue temporal y tuvo un alcance limitado respecto de los ciudadanos beneficiados con ella.

 

En este período, el Indecopi otorgó 4 442 marcas colectivas, cifra récord que, en comparación con los 214 registros entregados entre 1993 y julio de 2017, mostró un incremento significativo, como resultado de la exoneración del pago de la tasa, contribuyendo así a reactivar la dinámica productiva y la competitividad de los pequeños productores y emprendedores del país, afectados por fenómenos climatológicos de esos años.

 

De experiencias anteriores, en la promoción de marcas colectivas, se advierte la utilidad de estas para las agrupaciones de productores, artesanos y micro y pequeñas empresas de nuestro país, no solo en atención a las pérdidas económicas que pudieran sufrir por causa de fenómenos climatológicos o en el actual contexto pandemia, generada por el COVID-19, sino considerando que se trata de sectores productivos que vienen promoviendo el desarrollo de comportamientos colectivos, como una alternativa a las limitaciones de enfrentar los retos del mercado de manera individual.

 

Estos datos son extraídos de una investigación de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE) del Indecopi, que analizó los resultados de la aplicación de los Decretos Supremos N° 086-2017-PCM y N° 092-2018-PCM, normas que se dieron en el marco de la emergencia causada por el fenómeno El Niño Costero y consideraron la exoneración del pago de tasas para el registro de marcas colectivas.

 

Lima, 11 de diciembre de 2020


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