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El Indecopi es nominado una de las tres mejores agencias de competencia del mundo por la plataforma internacional de noticias Global Competition Review

El Indecopi es nominado una de las tres mejores agencias de competencia del mundo por la plataforma internacional de noticias Global Competition Review


18 feb 2020


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El Indecopi es nominado una de las tres mejores agencias de competencia del mundo por la plataforma internacional de noticias Global Competition Review

Obtiene dicho reconocimiento por el trabajo técnico y serio desarrollado por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia en su lucha contra los cárteles para beneficiar a los consumidores finales con más oferta, mejores precios, productos y servicios.

Las votaciones se encuentran abiertas hasta el 28 de febrero y están habilitadas para la comunidad vinculada con la defensa de la libre competencia (autoridades de competencia, consultoras, estudios de abogados, universidades y organizaciones de abogacía de la competencia)

En mérito a sus destacadas acciones en defensa y promoción de la competencia durante el 2019, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sido nominado como una de las tres mejores agencias de competencia a nivel internacional en los Global Competition Review Awards (GCR) 2020.

Este concurso premia las acciones más innovadoras y destacadas en la aplicación del Derecho de la Libre Competencia en el mundo, siendo el Indecopi nominado en la categoría de «Government agency of the year» (Autoridad gubernamental del año), que reconoce a las agencias de competencia del mundo cuyo trabajo es particularmente efectivo, estratégico o innovador.

A través de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) y su Secretaría Técnica (ST-CLC), el Indecopi ha desplegado una serie de acciones que le han llevado a recibir esta nominación, entra las que destacan:

La publicación de la «Guía de Asociaciones Gremiales y Libre Competencia», con recomendaciones para que las asociaciones (gremios, federaciones, colegios profesionales, etc.) y sus miembros puedan detectar y minimizar los riesgos de cometer acciones ilegales, en particular, cárteles empresariales.

La publicación de la «Guía para Combatir la Concertación en las Contrataciones Públicas» de manera conjunta con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y la Central de Compras Públicas (Perú Compras); documento dirigido a los funcionarios que participan en los procesos de selección y contratación estatal, con el fin de ayudarlos a diseñar procesos de selección competitivos y de proporcionarles herramientas para advertir indicios de cárteles en tales procesos.
La obtención de un premio en el concurso internacional «Competition Advocacy Contest» organizado por el Banco Mundial (BM) y la International Competition Network (ICN) por las «Recomendaciones normativas para fomentar la competencia en las contrataciones públicas», documento cuyas propuestas fueron incorporadas en la Ley de Contrataciones del Estado.
La publicación de los «Lineamientos del Programa de Recompensas», mediante los cuales se definen criterios para la efectiva aplicación del mecanismo de recompensas previsto en el artículo 28 de la Ley de Libre Competencia, que premia la colaboración eficaz de aquellas personas que conozcan y aporten pruebas para poder detectar y sancionar cárteles.
La publicación del «Informe de abogacía sobre la conveniencia de denunciar la Convención sobre un Código de Conducta de las Conferencias Marítimas (1974)», mediante la cual se recomienda al Estado Peruano denunciar la referida Convención para fortalecer la aplicación de la Ley de Libre Competencia en el mercado de transporte marítimo internacional de mercancías y asegurar que las empresas navieras respeten la Ley de Libre Competencia.
La conclusión del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra dos empresas por un acuerdo anticompetitivo en la modalidad de reparto de clientes en el mercado de preformas de envases de plástico (PET), a nivel nacional, entre el 2008 y 2016; adoptándose medidas para contrarrestar los efectos de la conducta anticompetitiva.
El inicio de procedimientos administrativos sancionadores en contra de una empresa del sector eléctrico por un presunto abuso de posición de dominio en la modalidad de aplicación de condiciones desiguales en el mercado de suministro de energía eléctrica; y en contra de 6 empresas por un presunto acuerdo (cártel) para repartirse contratos de servicios de impresión de textos escolares del Ministerio de Educación.
El impulso a la aprobación de la Ley de Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial, aprobada mediante el Decreto de Urgencia 013-2019; norma que permitirá al Indecopi ejercer un control previo de las operaciones de concentración aplicable transversalmente a todos los sectores de la economía.
La designación del Indecopi, por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como Centro Regional de Competencia (RCC) para América Latina, a través del cual se ofrecerá capacitación a los funcionarios de la región latinoamericana dedicados a la aplicación de las políticas de competencia y el fomento de la cultura de competencia.

Las votaciones se encuentran abiertas para la comunidad vinculada con la defensa de la libre competencia (autoridades de competencia, consultoras, estudios de abogados, universidades y organizaciones de abogacía de la competencia), hasta el 28 de febrero, en el siguiente enlace: bit.ly/38BMcUr.

Con este reconocimiento internacional, el Indecopi continúa demostrando su compromiso por fortalecer la eficacia de la Ley de Libre Competencia en los distintos sectores de la economía, generando una cultura de competencia y contribuyendo con el desarrollo económico y el bienestar de los consumidores.

Lima, 18 de febrero de 2020.

Glosario

Cárteles: Acuerdos entre competidores para fijar precios de los productos, controlar la producción, repartirse clientes o zonas geográficas o acordar posturas en las licitaciones o concursos públicos.

Conferencias Marítimas: Organizaciones que agrupan a múltiples empresas navieras que operan en una ruta determinada y que, esencialmente, aceptan respetar determinadas tarifas comúnmente acordadas. Desde un punto de vista económico, las conferencias son cárteles de precios. Sin embargo, en diversos países las conferencias gozan de inmunidad frente las normas de libre competencia y se sujetan a regímenes especiales.

Ley de Libre Competencia: La Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo 030-2019-PCM.

 

 


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